El Ministerio de Transporte expidió la nueva reglamentación sobre las medidas de tránsito que regirán en Semana Santa y otras temporadas especiales, a través de la resolución 1054 de 2011.
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La resolución establece, entre otras, las vías y horarios que tendrán restricciones para la movilidad de vehículos de carga de más de 3.4 toneladas durante los periodos vacacionales y especiales de 2011 y 2012.
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Además, le permite a la Dirección de Tránsito de la Policía Nacional restringir por espacios determinados de tiempo la movilización de vehículos de carga e implementar planes de manejo de tráfico, para evitar o descongestionar trancones en las vías del país.
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Desde hoy no sólo se cuenta con reglas claras para el desarrollo de la movilidad durante los periodos vacacionales del año, sino con las herramientas para que las instancias gubernamentales, particularmente la Policía y la Superintendencia de Puertos y Transporte, puedan hacer planes y acciones efectivas que mejoren la seguridad vial y la movilidad de todos los viajeros, puntualizó el Viceministro (e) de Transporte, Alejandro Maya.
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Maya aclaró que la Policía tendrá especial consideración en cuanto a las restricciones a la movilidad de carga durante el día Viernes 15, después de las 3 pm, buscando afectar lo menos posible la producción agrícola e industrial del país. Por eso, a consideración de las autoridad vial, se podrá aplicar la restricción a partir de las 4 pm, en los corredores Bogotá-Fusa-Girardot y Bogotá-La Mesa.
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Información completa sobre las restricciones y condiciones viales, en la línea de atención de la Policía Vial (# 767 desde el celular) o en la página web: http://viajeroseguro.invias.gov.co/
Ministerio de Transporte
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